El sistema de previsión social de la abogacía en España se encuentra en una encrucijada histórica. La tramitación parlamentaria de la Proposición de Ley para regular el traspaso de los mutualistas alternativos al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) ha destapado una de las mayores injusticias sociales de la legislatura: la exclusión explícita y deliberada de los mutualistas jubilados (denominados «pasivos» o complementarios) de la posibilidad de rescatar y convalidar sus años de ejercicio profesional para mejorar unas pensiones que, en la actualidad, resultan del todo indignas e insuficientes.
Durante décadas, antes de la reforma de 1999, los abogados ejercientes por cuenta propia carecían de la opción de elegir el sistema público de la Seguridad Social, viéndose obligados a encuadrarse de forma exclusiva en el modelo mutualista sectorial. Tras la transformación interna de la Mutualidad hacia un sistema de capitalización individual en noviembre de 2005 —privado de mecanismos de solidaridad intergeneracional o de actualización automática frente a la inflación—, el capital acumulado por miles de profesionales se ha traducido en rentas pasivas de jubilación que oscilan dramáticamente entre los 300 y los 500 euros mensuales. Una cuantía flagrantemente baja que sitúa a quienes dedicaron su vida a la defensa del Derecho en una situación de extrema vulnerabilidad económica.
Frente a este escenario de emergencia social, el Gobierno central —autodefinido doctrinalmente como progresista y de izquierdas— se ha erigido paradójicamente en el principal obstáculo para la reparación de este colectivo. Al comprobar el curso institucional de la reforma, queda patente que el Ejecutivo ha utilizado de forma reiterada la prerrogativa del veto presupuestario para bloquear de raíz cualquier intento de universalizar la pasarela.
Específicamente, amparándose en el artículo 134.6 de la Constitución Española (que permite al Gobierno oponerse a toda enmienda que suponga un aumento de los créditos o una disminución de los ingresos presupuestarios), el Ejecutivo bloqueó formalmente la enmienda transaccional presentada de forma conjunta por el Partido Popular y Junts per Catalunya. Dicha propuesta normativa buscaba suprimir el límite legal que restringe el acceso a la pasarela únicamente a quienes carecen de 15 años cotizados en la Seguridad Social, abriendo la puerta a que los 47.000 profesionales que ya perciben una prestación pública o poseen carreras mixtas pudieran transferir sus capitales acumulados para recalcular al alza y dignificar sus pensiones actuales. La Mesa del Congreso materializó el bloqueo gubernamental bajo la justificación de que la absorción de este colectivo implicaría un impacto inasumible sobre las finanzas públicas estimado en 5.204 millones de euros.
Asimismo, el Ejecutivo desestimó por la misma vía la enmienda del grupo parlamentario Vox que reclamaba una apertura incondicional y total del trasvase para activos, pasivos, viudos, huérfanos y herederos con exención fiscal absoluta. La lógica estrictamente contable del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha prevalecido sobre la vertiente de justicia social, argumentando que una entrada universal sin un esfuerzo contributivo previo correlativo desestabilizaría el RETA y generaría un agravio comparativo hacia los cotizantes históricos del sistema público.
Esta posición de cierre del Gobierno ha provocado el rechazo frontal de los colegios profesionales y de las plataformas de afectados como el Movimiento J2, ANMARQ, ANAMA y AMCO, quienes denuncian que la reforma actual consolida una discriminación histórica. Corporaciones como el Ilustre Colegio de la Abogacía de A Coruña (ICACOR) han remarcado la injusticia intrínseca de esta exclusión, recordando que la financiación de los complementos a mínimos de las pensiones contributivas posee una naturaleza puramente asistencial y se sufraga a través de los Presupuestos Generales del Estado mediante impuestos indirectos. Por consiguiente, privar a los mutualistas jubilados del acceso a estos mecanismos asistenciales públicos y perpetuar su exclusión del copago farmacéutico ambulatorio ordinario supone una quiebra directa del principio constitucional de igualdad tributaria y distributiva.
Aunque el Dictamen de la Comisión de Trabajo logró salir adelante el 26 de mayo de 2026 incorporando mejoras para ciertos sectores de cotizantes activos —como el cómputo lineal «uno a uno» de meses cotizados para los mayores de 52 años—, la exclusión de los ya jubilados sigue representando un vacío ético insostenible. Con el horizonte del debate plenario en el Congreso fijado para el 10 de junio de 2026, el conflicto se trasladará de forma inmediata al Senado, donde la mayoría absoluta de la oposición intentará reintroducir las enmiendas vetadas para amparar a los mutualistas pasivos. El pulso bicameral subsiguiente prolongará la incertidumbre, pero sobre todo, continuará evidenciando la contradicción de un Ejecutivo que, bajo banderas de progreso, niega el reconocimiento de toda una vida laboral a los profesionales senior de la abogacía.


