Ricardo Peña
La instrucción de la causa y el juicio oral contra el Fiscal General del Estado han culminado en un fallo condenatorio por cinco votos a dos, que se ha hecho público apenas una semana después de terminar el juicio y que, por ahora, no ha ido acompañado de una sentencia motivada. Desde la admisión a trámite hasta el fallo, todo el proceso ha estado plagado de decisiones sorprendentes y atípicas. Lo menos que se puede decir de la decisión es que no es comprensible por el ciudadano medio a la vista de las pruebas presentadas. Pero se pueden decir más cosas.
La primera decisión sorprendente fue la querella del decano del Colegio de Abogados de Madrid contra la fiscalía por la nota de prensa del 14 de marzo de 2024 en la que esta desmentía el bulo hecho correr por Miguel Angel Rodríguez (MAR), jefe de gabinete de la presidenta de Madrid. Esta querella fue anterior a la del propio afectado González Amador. ¿Que le debe a la presidenta una institución corporativa y supuestamente neutral como el Colegio de Abogados para tomar partido en una disputa entre su novio y la fiscalía?
La segunda sorpresa fue la admisión a trámite de ambas querellas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que apreció revelación de secretos en la difusión de dicha nota. ¿Qué secretos eran esos que en gran parte ya estaban presentes en el bulo difundido por MAR y más explícitos aún en la información sobre el correo del abogado de Amador que dieron la SER y la Sexta la noche anterior? Hay sentencias previas del Supremo en el sentido de no considerar secretos las informaciones ya publicadas.
Una vez que el Fiscal General asumió la autoría de la nota, el TSJM pidió al Supremo su imputación. La siguiente sorpresa fue que el alto tribunal admitió dicha imputación, pero no por la nota, en la que no apreció delito alguno, sino por la filtración del correo del abogado de Amador que, en su apreciación, habría filtrado el Fiscal General. Toda la instrucción fue atípica porque no fue encaminada a investigar quien filtró el citado correo sino a probar la culpabilidad del Fiscal. Cualquier testimonio en sentido contrario —como el de varios periodistas, que aseguraron disponer del correo horas, e incluso días antes, que el propio fiscal— fue ignorado o desestimado por el juez instructor. El auto de apertura de juicio oral se hizo sin ninguna prueba de cargo y con una acusación adicional —que el correo lo filtró el Fiscal a La Moncloa— para la que no había el más mínimo indicio probatorio.
Atípico fue encargar a la UCO —perteneciente a la Guardia Civil—, en lugar de a la Policía Nacional, la obtención de pruebas contra el Fiscal. Atípico también, y muy desproporcionado, fue la invasión del despacho del Fiscal y la incautación de sus dispositivos electrónicos con informaciones de siete años atrás. Y, más atípico aún, que el informe de la UCO emitiera opiniones y conjeturas sobre la culpabilidad del Fiscal. ¿Es misión de la policía judicial opinar de este modo? ¿no es esa la misión del tribunal? ¿no nos retrotrae esto al olvidado Tribunal de Orden Público de la dictadura franquista en el que bastaba el informe policial para condenar al acusado? Atípico, en fin, fue que, con tal endeblez de pruebas, la sala de admisión del Supremo autorizara la apertura del juicio oral.
Afortunadamente, las declaraciones esenciales del juicio oral han podido seguirse a través de los medios. En ellas hemos visto admitir a MAR que difundió conscientemente una mentira y declarar a media docena de periodistas de elDiario.es, El Mundo, El País, La Sexta y la SER, afirmando que conocieron el correo de las negociaciones de Amador horas o incluso días antes que el Fiscal General. Asimismo, los testigos relacionados con La Moncloa demostraron haber difundido un correo distinto en forma y contenido al que poseía en Fiscal.
Por todo ello, resulta muy sorprendente el fallo final condenando al Fiscal. Sorprende también la premura en publicarlo, evidenciando que no se han tenido los debates en profundidad suficientes para emitir un fallo consensuado entre los siete magistrados. También resulta descorazonador que los cinco magistrados conservadores condenen y las dos progresistas emitan voto particular en contra.
La sentencia motivada, cuando se publique, va a tener muy difícil argumentar qué delito se ha cometido —se especula con que podría ignorarse la filtración del correo y volver a la inicialmente desestimada nota de prensa— y, en caso de ser este la filtración del correo, cuáles son los hechos probados más allá de toda duda razonable.
Por todo ello, se ha extendido entre gran parte de la población —entre la que me incluyo— la impresión de que hemos asistido a una persecución política del Fiscal General por razones ajenas a las consideraciones estrictamente jurídicas. Y ello, por parte de una institución como el Tribunal Supremo que se supone lo forman los más expertos juristas y cuyas sentencias crean jurisprudencia.
El fallo conocido nos deja desolados por el hecho de que una alta institución del Estado actúe fuera del mandato constitucional para el que fue creada y nos lleva a hacernos un sin fin de preguntas: ¿se puede imputar y condenar a alguien sin pruebas? ¿qué va ser lo siguiente, absolver pese a las evidencias? ¿por qué se desestiman las declaraciones de los periodistas? Si se considera que han mentido, ¿no deberían ser imputados por falso testimonio? Si finalmente fuera la nota de prensa el cuerpo del delito ¿por qué se invadió el despacho del Fiscal? ¿alguien pedirá responsabilidades a MAR por sus mentiras? ¿no debería ser cesado por la presidenta? ¿qué seguridad podemos tener los ciudadanos cuando se lleva a juicio a todo un Fiscal General del Estado sin un solo indicio directo?
En mi opinión, el caso del Fiscal General ha devenido en el caso del Tribunal Supremo. Es este el que ha quedado en entredicho y el que ha arrojado toneladas de sospechas sobre la imparcialidad de ciertos jueces. Se han desacreditado como institución y ese daño va mucho más allá del perjuicio causado a un probable inocente. Se ha hecho un daño a toda la democracia. Ya estaban desacreditados el Congreso, el Senado, el Consejo General del Poder Judicial y muchas otras instituciones del Estado debido a la descarnada lucha partidista emprendida por la derecha desde que fue desalojada del poder en 2018 y, posteriormente, en las elecciones de 2023. Tras este juicio, podemos añadir una más.
La democracia no la sostienen unos jueces y otros, o unos políticos u otros. Ambos colectivos encarnan el poder de forma transitoria y circunstancial. La sostienen sus instituciones que, para ello, deben estar por encima de la lucha partidista. Lo que acabamos de ver en el juicio contra el Fiscal General nos hace sospechar que no ha sido este el caso del Tribunal Supremo.
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